¿Te puede espiar la empresa para contratarte?

Ciertamente, la AEPD es en exceso lacónica en la dilucidación de las condiciones o circunstancias en las que sería posible esa indagación por parte de la empresa. Por ello, habrá que entender que, como regla general, las empresas no pueden revisar la actividad digital de sus candidatos salvo que sirva para comprobar si estos cumplen con ciertas cualidades estrictamente relacionadas con el puesto.

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CC.OO. y UGT venden a los trabajadores de INDITEX

CC.OO y UGT han pactado con la empresa un art 41 -MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO- que faculta a INDITEX para realizar cierres de tiendas de forma masiva, transformar contratos de lunes a sábados en contratos de lunes a domingo, vulnerar derechos adquiridos como maternidades o reducciones de jornada, mermar salarios y la conciliación familiar, personal y laboral de las trabajadoras…

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Reconocimiento de la antigüedad laboral

En este caso, si el trabajador aún está en activo contratado en la empresa, puede iniciar un procedimiento judicial para el reconocimiento del derecho a la antigüedad correcta, mediante la presentación de una papeleta de conciliación. En el caso de que de la antigüedad dependa alguna cantidad de dinero, por ejemplo, por un plus de antigüedad que se podría cobrar si la empresa reconociese la antigüedad real, entonces se podrá reclamar a la vez la antigüedad y las cantidades que se debían de cobrar.

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